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Los cortes de rabo y orejas prohibidos en España - Forvet

Los cortes de rabo y orejas prohibidos en España

Los cortes de rabo y orejas prohibidos en España

Los cortes de rabo y orejas, seccionar las cuerdas vocales, extirpar uñas y dientes con fines estéticos o con otra intención que no sea curativa quedan prohibidos desde el 1 de Febrero de 2018 que entró en vigor el Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía.

Regula diferentes aspectos relacionados con los animales de compañía como el mantenimiento, custodia, bienestar, comercio y cría de animales de compañía con fines comerciales o su uso en publicidad, espectáculos, muestras o concursos.

Otros aspectos del convenio a tener en cuenta son:

  • Reconoce que el hombre tiene la obligación moral de respetar a todas las criaturas vivas y tiene presentes las especiales relaciones existentes entre el hombre y los animales de compañía.
  • Tiene en consideración la importancia de los animales de compañía por su contribución a la calidad de vida y su consiguiente valor para la sociedad.
  • Se entenderá por animal de compañía todo aquel que sea tenido o esté destinado a ser tenido por el hombre, en particular en su propia vivienda, para que le sirva de esparcimiento y le haga compañía.
  • No deberá tenerse un animal en calidad de animal de compañía si no se le puede proporcionar, en cantidad suficiente, el alimento y el agua que requiera, las oportunidades de ejercicio adecuadas así como tomar todas las medidas razonables para impedir que se escape.
  • No se podrá vender ningún animal de compañía a menores de 16 años sin el consentimiento expreso de sus padres.
  • El adiestramiento deberá realizarse de modo que no se perjudique la salud y el bienestar de los animales.
  • Toda persona que tenga un animal de compañía o que haya aceptado ocuparse de él será responsable de su salud y bienestar.
  • Nadie deberá infligir innecesariamente dolor, sufrimiento o angustia a un animal de compañía.
  • Nadie deberá abandonar a un animal de compañía.

Ahora las comunidades autónomas deberán revisar su legislación y adaptarla en lo necesario para cumplir con lo marcado por este convenio europeo.

Aquí puedes ver la publicación en el BOE.

Fuente: Argos

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